Exámenes Médicos Ocupacionales a partir de la Resolución 1843 de 2025

La Resolución 1843 de 2025 introduce cambios relevantes en la forma como las empresas deben gestionar los exámenes médicos ocupacionales en Colombia. 

Esta norma actualiza criterios técnicos, refuerza la protección de los derechos del trabajador y fortalece la articulación entre la vigilancia en salud y el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST).

Por esta razón, es necesario mantenerse actualizado con tal de prevenir sanciones. A continuación, le contamos lo que tiene que saber al respecto:

La Resolución 1843 de 2025 es la norma que regula las evaluaciones médicas ocupacionales en Colombia, definiendo su alcance, periodicidad, responsabilidades y principios de protección de la información médica.

Su objetivo principal es garantizar que las evaluaciones de salud se utilicen como una herramienta preventiva, técnica y no discriminatoria, enfocada en la identificación temprana de riesgos y en la protección integral del trabajador.

¿A quiénes obliga esta nueva normativa?

La resolución aplica a:

  • Empleadores públicos y privados
  • Contratantes de personal bajo cualquier modalidad
  • Trabajadores dependientes e independientes
  • Prestadores de servicios de salud ocupacional

Principales cambios frente a la regulación anterior de evaluaciones médicas

Entre los cambios más relevantes se encuentran:

  • Mayor énfasis en el riesgo real del cargo
  • Restricciones claras sobre pruebas prohibidas
  • Fortalecimiento de la confidencialidad médica
  • Integración obligatoria con los sistemas de vigilancia epidemiológica

Definiciones de la anamnesis a la vigilancia epidemiológica

La norma expone algunas definiciones de términos importantes como los siguientes:

La anamnesis es la recopilación de antecedentes de salud y laborales del trabajador, orientada a identificar riesgos relacionados con el cargo.

La evaluación médica ocupacional permite determinar la aptitud del trabajador frente a esos riesgos.

Las recomendaciones o restricciones médico-laborales orientan ajustes en el trabajo para proteger la salud, sin revelar diagnósticos.

La vigilancia epidemiológica reúne y analiza esta información para prevenir daños a la salud dentro del SG-SST.

La resolución clasifica las evaluaciones médicas según el momento del vínculo laboral y el tipo de riesgo asociado.

Evaluación médica de preingreso o preocupacional

Se realiza antes del inicio de labores para determinar la aptitud del trabajador frente a los riesgos del cargo, sin que pueda utilizarse para excluir injustificadamente a una persona.

Evaluaciones médicas periódicas (programadas y por cambio de ocupación)

Buscan identificar alteraciones de salud relacionadas con la exposición a riesgos y deben adecuarse a la peligrosidad del cargo y a los sistemas de vigilancia existentes.

Evaluación médica de egreso o retiro

Se practica al finalizar la relación laboral para dejar constancia del estado de salud del trabajador y posibles afectaciones asociadas al trabajo.

Evaluaciones post-incapacidad y por retorno laboral

Se aplican cuando el trabajador regresa tras una incapacidad prolongada, con el fin de verificar condiciones seguras de reincorporación.

Evaluaciones de seguimiento o de control para sistemas de vigilancia

Se realizan como parte de programas específicos para riesgos como ruido, químicos, biomecánicos o psicosociales.

La resolución endurece las obligaciones del empleador frente a la gestión de las evaluaciones médicas ocupacionales.

Costos de exámenes, desplazamientos y manutención del trabajador

Todos los costos derivados de las evaluaciones médicas deben ser asumidos por el empleador, incluyendo traslados y gastos asociados.

Programación de citas y tiempos durante la jornada laboral

Las evaluaciones deben programarse dentro de la jornada laboral o compensarse cuando se realicen fuera de ella.

Implementación de recomendaciones y restricciones médico-laborales

El empleador está obligado a aplicar las recomendaciones emitidas por el profesional de salud, ajustando funciones o condiciones cuando sea necesario.

La resolución fortalece la protección de los derechos fundamentales del trabajador.

Prohibición estricta de pruebas de embarazo y VIH

Se prohíbe exigir o practicar pruebas de embarazo o VIH como requisito de ingreso, permanencia o ascenso laboral.

El derecho a la confidencialidad y el consentimiento informado

El trabajador debe autorizar de manera informada cualquier evaluación, y su información médica debe manejarse con estricta reserva.

Libre elección de centros para pruebas complementarias (laboratorios)

El trabajador puede elegir el laboratorio o centro donde se realicen pruebas complementarias, siempre que cumplan los requisitos técnicos.

La información médica ocupacional tiene un tratamiento especial.

Reserva, custodia y acceso a la información médica sensible

La historia clínica ocupacional es confidencial y solo puede ser consultada por el trabajador y el personal de salud autorizado.

Diferencias entre el diagnóstico de salud y las recomendaciones laborales

El empleador solo recibe conceptos de aptitud y recomendaciones laborales, no diagnósticos clínicos.

El rol de los prestadores de servicios de salud (IPS) y la Telemedicina

Las IPS autorizadas son responsables de la calidad de las evaluaciones, pudiendo apoyarse en telemedicina cuando la normativa lo permita.

La aplicación efectiva de la norma requiere adaptaciones técnicas y administrativas.

Diagnóstico y actualización de Profesiogramas

Es indispensable revisar los perfiles de cargo y sus riesgos para que las evaluaciones médicas sean coherentes.

Ajuste de contratos con proveedores de medicina del trabajo

Los contratos con IPS deben alinearse a los nuevos requisitos técnicos y legales.

Integración de resultados al Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo

Los resultados deben alimentar los programas de prevención y vigilancia del SG-SST, respetando la confidencialidad.

El incumplimiento de la Resolución 1843 puede generar consecuencias administrativas y legales.

Multas del Ministerio del Trabajo por fallas en la periodicidad

La falta de evaluaciones médicas obligatorias o su realización incorrecta puede dar lugar a multas económicas significativas (desde una hasta 5000 Salarios Minimos Legales Vigentes dependiendo de la gravedad de la falta y los riesgos a los que se exponen los trabajadores).

Consecuencias legales por violación de la reserva médica

La divulgación indebida de información médica puede generar sanciones, demandas laborales y responsabilidades disciplinarias.

Luzma

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