Contrato personal de confianza: ¿Qué es? ,¿Qué debe tener? y ¿Cuánto se debe pagar?

Seleccionar y vincular al personal adecuado es una de las decisiones más estratégicas para cualquier empresa en Colombia, especialmente cuando se trata de cargos de dirección, manejo o confianza.  

Estos puestos no solo exigen habilidades técnicas y liderazgo, sino también un compromiso ético y de lealtad que puede afectar directamente la estabilidad y el éxito del negocio. 

Por eso, cuando se contrata a alguien en calidad de “personal de confianza”, es fundamental regular esta relación mediante un contrato adecuado que reconozca su naturaleza especial. 

El Contrato de Personal de Confianza no es simplemente un contrato laboral común, tiene características particulares respaldadas por la legislación colombiana, en especial por el Código Sustantivo del Trabajo, en su artículo 310 y concordantes, que protegen tanto al empleador como al trabajador en este tipo de vínculos sensibles.

En este artículo te explicaremos cuándo se debe firmar un contrato de personal de confianza, cuáles son sus diferencias frente a un contrato laboral ordinario, qué condiciones salariales aplican, qué debe contener un contrato de este tipo, y además te proporcionaremos un modelo de ejemplo que puedes adaptar según tus necesidades. 

Si buscas claridad legal y una estructura formal sólida para contratar a tu personal de confianza en Colombia, esta guía es para ti. 

En Colombia, la necesidad de establecer un contrato de personal de confianza surge cuando un empleado desempeña funciones que implican un alto grado de responsabilidad, acceso a información confidencial o toma de decisiones estratégicas dentro de la organización. Este tipo de contrato es esencial para formalizar y delimitar las responsabilidades y expectativas asociadas a estos roles. 

Ahora bien, ¿cómo saber si un cargo aplica realmente como “de confianza”? La legislación colombiana ofrece una clasificación clara para este tipo de funciones, la cual veremos a continuación.  

Identificación de cargos de confianza 

Según el Ministerio de Trabajo de Colombia, los trabajadores de dirección, confianza y manejo son aquellos que tienen un especial grado de compromiso, confianza y vinculación con la empresa, comprometiendo de manera importante los intereses económicos del empleador y el manejo de la empresa.  

Es importante destacar que no basta con denominar un cargo como “de confianza”; lo determinante son las funciones y responsabilidades asignadas al trabajador. 

Funciones que caracterizan a estos cargos 

Los trabajadores de confianza suelen desempeñar funciones como:

  • Toma de decisiones estratégicas. 
  • Acceso y manejo de información confidencial. 
  • Representación de la empresa ante terceros. 
  • Supervisión y control de procesos críticos.

Estas funciones requieren un alto nivel de confianza por parte del empleador, lo que justifica la necesidad de un contrato específico que regule esta relación laboral.  

Importancia de formalizar el contrato 

Formalizar un contrato de personal de confianza permite:  

  • Establecer claramente las funciones y responsabilidades del cargo. 
  • Delimitar el alcance de la confidencialidad y las expectativas de desempeño. 
  • Proteger los intereses de la empresa ante posibles conflictos laborales.  

Además, aunque la ley no exige una forma específica para este contrato, es recomendable que sea por escrito para evitar ambigüedades y facilitar la resolución de posibles disputas.¿Cuáles son las diferencias que hay entre este contrato y un contrato normal? 

En Colombia, el hecho de que una persona tenga un salario elevado no es lo que determina si se le puede clasificar como “personal de confianza”.  

La categoría de “trabajador de dirección, confianza o manejo” está definida legalmente por el artículo 32 del Código Sustantivo del Trabajo (CST), y tiene que ver con las funciones que desempeña, no con el monto de su remuneración. 

Dicho artículo establece que los trabajadores de dirección, confianza o manejo son aquellos que, por la naturaleza de sus labores, actúan en representación del empleador o intervienen en decisiones estratégicas o en la administración de bienes de la empresa.  

Esto incluye, por ejemplo, cargos como gerentes, jefes de área o supervisores con poder de decisión y autonomía

Entonces,

¿puede un trabajador de confianza ganar el salario mínimo? 

Sí, es legalmente posible.  

El Ministerio de Trabajo de Colombia ha aclarado en distintas ocasiones que el salario, por sí solo, no convierte a un trabajador en personal de confianza ni lo excluye de serlo.  

Aunque en la práctica muchos de estos empleados reciben remuneraciones superiores al promedio por el nivel de responsabilidad, lo esencial es que sus funciones encajen dentro del marco descrito por el CST. 

Es importante destacar que las condiciones del contrato deben dejar claramente establecido que el empleado es de confianza, especificando las razones por las cuales se le clasifica así (por ejemplo, porque tiene acceso a información confidencial, porque firma documentos financieros o porque supervisa personal clave). 

Para más detalles, puedes consultar directamente el Código Sustantivo del Trabajo colombiano en la página oficial del Ministerio del Trabajo

Un contrato laboral para personal de confianza debe ser claro, detallado y ajustado a la normativa colombiana, especialmente en lo que respecta a las funciones de dirección, manejo o confianza señaladas en el artículo 32 del Código Sustantivo del Trabajo.  

Aunque legalmente no existe un formato exclusivo para este tipo de trabajadores, es esencial que el contrato establezca explícitamente la naturaleza especial de su cargo y las implicaciones de ello. 

Elementos esenciales que debe incluir el contrato.

Identificación del cargo como de confianza o manejo: 

El contrato debe declarar que se trata de un trabajador de confianza y justificarlo con base en sus funciones.  

Por ejemplo, “El trabajador ejercerá funciones de dirección en el área administrativa, incluyendo supervisión de personal, control de recursos y toma de decisiones estratégicas”. 

Funciones específicas del cargo:

Deben detallar las tareas que implican un rol estratégico o sensible, como el manejo de información confidencial, representación de la empresa ante terceros o control sobre activos.  

Este punto es clave para sustentar la clasificación en caso de una disputa legal. 

Cláusula de confidencialidad (si aplica):

Muchos cargos de confianza requieren el manejo de información sensible.  

Incluir una cláusula que limite el uso y divulgación de dicha información es altamente recomendable. 

Condiciones de jornada y disponibilidad:

El CST permite que, en algunos casos, los trabajadores de dirección y confianza no estén sujetos a jornada máxima legal.  

Por eso, el contrato debe especificar si el trabajador tiene un horario flexible o disponibilidad extendida, y que esta situación no genera sobrecostos salariales automáticos (como horas extras), de conformidad con el artículo 162 del CST. 

Compensación económica y beneficios:

Aunque no hay un salario mínimo legal exclusivo, es recomendable que la remuneración sea coherente con la responsabilidad del cargo.  

Esto también fortalece la posición del empleador ante eventuales reclamaciones laborales. 

Duración del contrato y modalidad:

Puede ser a término fijo, indefinido o por obra, pero debe seguir las reglas generales de contratación vigentes.  

Lo importante es que esté firmado por ambas partes y cumpla los requisitos mínimos del artículo 39 del CST. 

Recomendación práctica 

Es aconsejable que el contrato sea revisado por un abogado laboral o un experto en recursos humanos, especialmente si el cargo implica decisiones críticas o acceso a recursos financieros.  

Esto garantiza que el contrato no solo sea válido legalmente, sino también sólido desde el punto de vista preventivo. 

A continuación, presentamos un modelo básico de cómo podría estructurarse un contrato laboral para personal de confianza en Colombia.  

Este ejemplo es ilustrativo y debe ser adaptado a las necesidades específicas de cada empresa y cargo: 

CONTRATO DE TRABAJO PARA PERSONAL DE CONFIANZA 

Entre los suscritos a saber: [Nombre del empleador], mayor de edad, identificado con NIT No. [Número], quien en adelante se denominará EL EMPLEADOR, y [Nombre del trabajador], mayor de edad, identificado con cédula de ciudadanía No. [Número], quien en adelante se denominará EL TRABAJADOR, se celebra el presente contrato de trabajo de acuerdo a las siguientes cláusulas: 

Primera. Objeto del contrato: 
EL TRABAJADOR se obliga a prestar sus servicios personales a EL EMPLEADOR en el cargo de [Cargo], el cual se clasifica como un puesto de confianza y manejo, dada su responsabilidad en funciones de dirección, supervisión, control de recursos y/o manejo de información confidencial. 

Segunda. Funciones: 
El trabajador desempeñará, entre otras, las siguientes funciones: 

  • [Detalle de funciones específicas que justifican la confianza o el manejo]
    Estas funciones podrán ser modificadas por el empleador de acuerdo con las necesidades del servicio, respetando el marco legal vigente. 

Tercera. Jornada laboral: 
Debido a la naturaleza de sus funciones de dirección y confianza, el trabajador no estará sujeto a una jornada máxima de trabajo, conforme lo estipulado en el artículo 162 del Código Sustantivo del Trabajo

Cuarta. Remuneración: 
EL EMPLEADOR pagará a EL TRABAJADOR un salario mensual de $[Valor], junto con los beneficios de ley aplicables y otros beneficios adicionales pactados de común acuerdo. 

Quinta. Cláusula de confidencialidad: 
EL TRABAJADOR se compromete a no divulgar, ni durante la vigencia ni después de la terminación del presente contrato, ninguna información confidencial a la cual tenga acceso como consecuencia de su cargo. 

Sexta. Duración: 
El presente contrato tendrá una duración [a término indefinido / a término fijo por un período de X meses], iniciando el [Fecha de inicio]

Séptima. Terminación: 
Este contrato podrá terminarse por cualquiera de las causales establecidas en la ley laboral colombiana. 

En constancia de lo anterior, firman las partes en [Ciudad], a los [Día] días del mes de [Mes] de [Año]

[Nombre del Empleador] 
C.C. No. [Número] 

[Nombre del Trabajador] 
C.C. No. [Número] 

Aunque este modelo contiene los elementos esenciales, siempre es recomendable personalizarlo y ajustarlo según las particularidades del cargo y la empresa, preferiblemente bajo asesoría legal especializada. 

Puedes revisar también ejemplos y formularios oficiales actualizados en el sitio del Ministerio de Trabajo.

Un Paso Estratégico para tu Empresa 

Adoptar un contrato específico para personal de confianza no es simplemente un trámite adicional, sino una decisión estratégica que impacta de forma directa en la seguridad jurídica, la eficiencia y la protección del capital humano en tu organización.  

Este tipo de contrato delimita claramente las expectativas y responsabilidades de los colaboradores que, por su rol, manejan información crítica, recursos sensibles o procesos de toma de decisiones. 

Cuando se formaliza correctamente, bajo las normas establecidas en el Código Sustantivo del Trabajo y demás reglamentos laborales colombianos, un contrato de confianza brinda beneficios tangibles, minimiza riesgos legales, optimiza la relación empresa-empleado y fortalece la estructura interna frente a auditorías, conflictos o cambios organizacionales.  

Tal como lo recomienda el Ministerio de Trabajo, dejar constancia explícita de las condiciones especiales del cargo es esencial para salvaguardar tanto a la empresa como al trabajador. 

En un entorno empresarial tan dinámico como el colombiano, donde la competencia, la rotación y las expectativas de los empleados evolucionan rápidamente, gestionar adecuadamente la contratación de personal de confianza no es opcional, es una medida inteligente para sostener el crecimiento y la reputación de la compañía.  

No esperes a que un problema ponga en riesgo tu operación, asegúrate de implementar desde hoy contratos claros, transparentes y bien estructurados para tu equipo de confianza. 

Luzma

1 comentario en «Contrato personal de confianza: ¿Qué es? ,¿Qué debe tener? y ¿Cuánto se debe pagar?»

Deja un comentario